Cortesía Asamblea Legislativa

Con esta enmienda se cumplirá una sentencia de la Sala de lo Constitucional, de 2018, y que fue ignorada por la pasada legislatura.

En la Plenaria N° 94, los legisladores aprobaron, con 82 votos, la incorporación del artículo 113-A al Código de Trabajo, con el fin de garantizar el reinstalo de las mujeres en estado de gestación que han sido despedidas, ya sea como medida cautelar o como efecto de la sentencia.

El artículo incorporado establece que una embarazada no podrá ser despedida de su trabajo seis meses después de haber dado a luz. Además, establece que el juez de lo Laboral podrá decretar de oficio, o a petición de la parte ofendida, la medida cautelar de reinstalo.

La diputada de Nuevas Ideas, Alexia Rivas, explicó que con esta reforma se busca asegurar la estabilidad laboral de las mujeres embarazadas que son injustamente despedidas por sus patronos.

“Este es un avance para reducir la brecha de desigualdad. Como nueva Asamblea seguiremos velando por la protección de los derechos de las mujeres salvadoreñas”, sostuvo la parlamentaria.

El presidente de la Comisión de Trabajo, Edgardo Mulato, señaló que esta reforma es una muestra más del compromiso de la actual legislatura de velar por el respeto a los derechos de las mujeres salvadoreñas.

Con la incorporación de este nuevo artículo se dará cumplimiento a una sentencia emitida por la Sala de lo Constitucional, en 2018, y que fue ignorada por la anterior legislatura, generando un vacío legal en el marco regulatorio salvadoreño.

“Los gobiernos anteriores no le dieron importancia a este tema porque no se preocupaban por legislar a favor de las mujeres; sin embargo, las cosas cambiaron cuando iniciamos nuestra gestión”, apuntó el diputado Walter Alemán.

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